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Competencias del sector veterinario tras la aprobación de la Ley de Bienestar Animal 2023

La incertidumbre con respecto a la nueva Ley de Bienestar Animal 2023 no para de crecer, e involucra a todos los sectores, incluido al veterinario que se ha encontrado ante un aluvión de dudas y preguntas por parte de dueños de mascotas —pero también entre los propios profesionales del ámbito por falta de información—. La mayoría de las dudas las encontramos en lo referente al controversial “Listado Positivo” en el que se determinarán las especies permitidas para la importación, pero también para su mantenimiento como mascota. En este artículo te aportamos un poco más de luz para ayudarte a entender los nuevos cambios de la Ley de Protección y Bienestar animal en relación con las competencias de los veterinarios, sobre la información existente hasta el momento del listado positivo y sobre qué opinan los profesionales al respecto. ¡Sigue leyendo!

Ley Bienestar Animal: nuevas competencias del sector veterinario

La nueva ley Bienestar Animal establece una gran cantidad de medidas y pautas para garantizar la protección y bienestar de los animales, involucrando a las administraciones, así como al resto de la sociedad. El sector veterinario, por supuesto, es uno de los que juegan un papel más importante. Estas son algunas de las nuevas medidas y competencias relacionadas con él:

  • Prohibición del sacrificio de los animales: Se prohíbe el sacrificio de los animales de compañía por cuestiones de ubicación, edad o espacio de instalaciones, únicamente en los supuestos contemplados en la ley (como enfermedades). Además, esta acción puede ser realizada únicamente por veterinarios.
  • Inscripción en el Sistema Central de Registros para la Protección Animal: Los veterinarios con formación acreditada en comportamiento animal que ejerzan una actividad profesional dirigida a la educación, adiestramiento, modificación de conducta o similares tendrán que inscribirse en este registro central.
  • Convenios con la administración: Las administraciones públicas podrán suscribir convenios o acuerdos con organizaciones profesionales veterinarias para fomentar la tenencia responsable y la integración de los animales en la sociedad, así como para prevenir el abandono. También pueden participar en programas sanitarios para colonias de gatos que incluyan la desparasitación, vacunación, y la identificación obligatoria mediante microchip. E, incluso, para regular la cría en criadores registrados y que esta se realice de forma responsable y moderada, entre otras.
  • Identificación de los animales de compañía: Los animales de compañía se identificarán individualmente, por un veterinario o veterinaria habilitada, mediante un sistema y un procedimiento que se desarrollará reglamentariamente, en función de lo que se establezca para cada especie. Sin perjuicio de lo anterior, los perros, gatos y hurones tendrán que ser obligatoriamente identificados con microchip. Además, de las aves que deberán contar con anillado desde el principio.
  • Velar por el bienestar y protección de animales en actividades culturales y festivas: Tanto para la filmación o representación de escenas, como en ferias, exposiciones o concursos será obligatoria la presencia de un veterinario para velar por la salud del animal.

¿Qué es el “Listado Positivo” de la nueva Ley Animal?

Los Listados Positivos surgen como una respuesta a una antigua resolución del parlamento europeo del 9 de junio de 2021 sobre la “Estrategia de Biodiversidad 2030” para controlar a las Especies Exóticas Invasoras (EEI) e instar a los diferentes gobiernos a crear unas listas en las que se incluyan las especies permitidas para la importación, así como también para el mantenimiento, la cría y el comercio como animales de compañía. En España, el listado positivo de animales de compañía de la Ley Animal 2023 indica la relación de animales que pueden ser objeto de tenencia como animales de compañía priorizando criterios de seguridad para las personas, salud pública y medioambientales para limitar las especies que pueden ser consideradas animales de compañía o no. La ley define a los animales de compañía como animales domésticos o silvestres en cautividad que son mantenidos en el hogar con unas condiciones de bienestar y respetando sus necesidades etológicas —y sin que su tenencia suponga destinarlos como consumo o aprovechamiento de sus producciones o cualquier uso industrial, comercial o lucrativo, en general—.

En el caso de los perros, gatos y hurones, se especifica que estos siempre son considerados como animales de compañía —independientemente del fin al que se destinen o del lugar en el que habiten y de dónde procedan—. Por otro lado, los animales de producción, pueden ser considerados animales de compañía siempre y cuando el propietario decida inscribirlo como tal en el Registro de Animales de Compañía. Así pues, el listado positivo de animales de compañía de la Ley Animal incluye:

  • Perros, gatos y hurones.
  • Las especies consideradas como animales domésticos según la Ley 8/2003, de 24 de abril.
  • Animales de especies silvestres en cautiverio.
  • Animales de producción que perdiendo su fin productivo sean inscritos como animales de compañía.
  • Aves de cetrería y animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras o especies de fauna no presentes de forma natural en España.

Hay que tener en cuenta que el listado todavía no está finalizado, lo que significa que tendrá que ser aprobado cuando entre en vigor la Ley de Protección Animal por parte del gobierno y a propuesta del departamento ministerial competente creado para este fin. El gobierno aprobará mediante real decreto el procedimiento para la aprobación de los listados de mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados que formarán parte del listado positivo de animales de compañía cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje, así como la inclusión o exclusión de una especie en los mismos. En este último caso, las autoridades competentes adoptarán las medidas necesarias para su intervención y puesta a disposición a centros de protección de animales silvestres, zoológicos o entidades de protección animal.

Ahora bien, ¿qué pasa si tengo una mascota que pasa a ser prohibida? Concretamente lo que dice la ley en su disposición transitoria quinta es: “Se podrá autorizar la tenencia de los individuos mencionados en el párrafo anterior como animales de compañía siempre y cuando pueda demostrarse que su adquisición o tenencia son anteriores a la aprobación del listado positivo de animales de compañía que les corresponda y que las condiciones de tenencia se consideren adecuadas, debiendo solicitarse esta excepción a la autoridad competente en un plazo máximo de seis meses desde la aprobación del listado de compañía que les afecte. En el caso de que no se expida autorización de tenencia para los individuos mencionados en el párrafo anterior tras la remisión de la solicitud en el plazo indicado, la autoridad competente establecerá las condiciones y destino de los individuos mencionados que, en ningún caso, conllevará su sacrificio”.

Hay que tener en cuenta, no obstante, que desde ya las disposiciones excluyen algunas especies de animales con determinadas características, como reptiles venenosos que superen los 2 kg en edad adulta, los primates, mamíferos silvestres superiores a 5 kg, o artrópodos, peces, anfibios con mordedura venenosa o que puedan suponer un riesgo grave para la integridad física de las personas. Es decir, por el momento, hay que esperar hasta que se conozcan cuáles son los listados definitivos, qué animales pasan a ser excluidos y qué se puede hacer con ellos.

¿Qué opina el sector veterinario sobre la Ley de Bienestar Animal?

Ahora que ya sabes cuáles son las nuevas competencias del sector veterinario, qué es el listado positivo de la ley Bienestar Animal, animales prohibidos y otros conceptos de la ley, hemos hablado con el sector veterinario para que nos dé su punto de vista y nos informe sobre cómo les afecta y qué opinan al respecto. Para ello hemos contactado a uno de los fundadores de Animales Exóticos 24h, Pablo Casar, sobre la nueva ley de Bienestar Animal. Señala que la mayoría de los veterinarios están de acuerdo en la necesidad de crear una ley que proteja a los animales, pero subraya que debe hacerse bien, consultando con los profesionales y con sentido. “Se está haciendo una ley sin el apoyo y sin el consejo de los veterinarios especialistas y biólogos” expresa y añade que “está muy mal hecha”. Así mismo, aclara que sí recibieron unas pautas generales por parte del Colegio de Veterinarios de Madrid, pero lamenta que desde MITECO no se haya recibido ninguna comunicación posterior a la aprobación de la ley. Con respecto a los clientes, Pablo Casar confirma la desinformación y el miedo compartido por parte de los cuidadores de especies exóticas. Resalta que la mayoría de las dudas se centran en si van a perder a sus mascotas, desde conejos, hasta cobayas, loros…

“Al final la gente tiene miedo a que le retiren su mascota y a ser denunciado… Se está creando un total caos con esta desinformación que hay sobre la ley”, expresa. El experto explica que la aprobación de la ley el 29 de septiembre de 2023 se hará con muy poca información. Lo único que se sabe es que se prohibirán los reptiles de más de 2 kg, que se prohibirá tener mamíferos exóticos de más de 5kg y algunas especies más, sin embargo, echa en falta información sobre otras especies exóticas como los conejos y las cobayas. Recuerda que tienen que hacer el listado positivo (el cual puede demorarse hasta 2 años) y recomienda que mantengan la calma: “Si tú tienes a tu animal bien, a nivel de documentación y legalidad, tienes que estar totalmente tranquilo hasta que salga el listado positivo”, así mismo añade que “espero que cuando lo saquen nos digan qué hacer con estos animales”.

En LovePets hemos entrevistado también a la veterinaria de animales exóticos Iris Domínguez, quien muestra su disconformidad con respecto a los animales incluidos en el listado positivo. Señala que para valorar si una especie puede permitirse o no debe tenerse en cuenta si tiene calidad de vida o no en cautividad, además señala que no se han tomado medidas específicas para la protección de ciertos animales que son los que más la necesitan, como son los perros de caza, el toro de lidia o los animales de experimentación. Sobre el listado positivo, la experta en animales exóticos aclara que aún no se saben qué animales están contemplados, pero intuye que serán muy pocas las que figuren en él. “Cuando entre la ley, todavía no tendremos ese listado. Disponen de hasta dos años para poder crearlo y hasta ese momento no sabremos qué especies podremos tener y cuáles no”, declara.

En cuanto al interrogante sobre si el gobierno o las administraciones se han puesto en contacto con ellos para proporcionar información, la experta veterinaria señala que el colegio de veterinarios envío un email con información generalizada, pero declara no tener constancia de que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) se haya puesto en contacto con ningún compañero veterinario. Por último, con respecto a las dudas e incertidumbres de sus clientes, explica que estas han estado presentes desde el primer momento del anuncio de esta ley, pero aclara que desde las últimas semanas se han intensificado y explica que la gente está realmente preocupada. “Hay gente que no está trayendo nuevos animales a su familia porque no sabe qué va a pasar y, sobre todo, cuidadores que ya tienen su animal desde hace mucho tiempo —sea de la especie que sea— y que están preocupados por perderlo”, aclara. En conclusión, Domínguez argumenta que tiene que ser un profesional quien evalúe los criterios de esta ley. “Espero que todo esto sea lo más tardío posible, que alguien recapacite y cuente con especialistas para que esta ley sí salga adelante, pero no de esta forma. Que sea modificada y que sea una ley que beneficie a los animales”, finaliza.

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